Agencia Milenio .Noviembre 22, 2024.
La organización Animal Heroes denunció ante el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) a los toreros Enrique Ponce y Diego Silveti por pretender violar la ley, en la Corrida de Toros Extraordinaria programada para el 22 de noviembre, en la Plaza de Toros La Monumental, en San Luis Potosí.
“Estamos a la espera de respuesta, confiamos en que las autoridades hagan lo que les corresponde. En Animal Heroes no dejaremos de trabajar, de denunciar y de manifestarnos hasta que se haga cumplir la ley y se deje de maltratar a los animales.”, dijo Jerónimo Sánchez, director de la organización.
En un comunicado, Animal Heroes explicó que dirigió la denuncia a Francisco Javier Calderón Elizalde, director en jefe del Senasica y a Juan Gay Gutiérrez, director General de Sanidad Animal, por hechos y omisiones que derivan del incumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-033- SAG/ZOO-2014: Métodos para dar muerte a los animales domésticos y silvestres, así como la NOM-009-ZOO-1994: Proceso sanitario de la carne, además de los artículos 23 de la Ley de Sanidad Animal, y 29 fracciones II y IV, y 32 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal.
De acuerdo con la organización, con base en dicha normatividad, las corridas de toros están prohibidas en todo México, “aunque la ley de protección animal de los estados, no todos lo dicen, pero se están incumpliendo las normas oficiales mexicanas”.
En la denuncia presentada por la organización, se enumeran cada una de las faltas en que se estaría incurriendo de llevar a cabo la corrida de toros, por lo que la organización solicita a las autoridades que con base al artículo 62 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo habilite a su personal para realizar verificaciones extraordinarias.
También pide se lleven a cabo visitas de inspección y verificación de los eventos denunciados en tiempo y forma; y ante las infracciones señaladas, conforme a sus atribuciones en el artículo 6° fracción XLVI de la Ley Federal de Sanidad Animal, se inicien los procedimientos de sanción conforme a derecho con las multas de acuerdo al artículo 169 incisos B y C de la Ley Federal de Sanidad Animal.
También, con base al artículo 8° constitucional y al artículo 6 fracción XLV de la Ley Federal de Sanidad Animal, se atienda esta denuncia y se dé respuesta al suscrito sobre las actuaciones y resultados que se lleven a cabo.
“Si Senasica y Sanidad Animal no realizan las acciones solicitadas, estarían incumpliendo la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y que el delito previsto se tipifica en el artículo 214 del Código Penal Federal”, advirtió la ONG.