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Jornada laboral; este será el primer día de descanso obligatorio del 2025

Jornada laboral; este será el primer día de descanso obligatorio del 2025

  • Conoce cuál será el primer día festivo del año, que estará marcado en tu calendario.

Agencia El Universal. Diciembre 16, 2024.

Con la llegada de la temporada decembrina, además de celebrar las posadas, reuniones, intercambios y todo tipo de festejos, muchos trabajadores gozarán de vacaciones o al menos un día de descanso obligatorio, el cual es el 25 de diciembre y es avalado por la Ley General del Trabajo (LFT).

Asimismo, a pocos días de que inicie el 2025, muchas personas se preguntan cuál será el primer día de descanso obligatorio del año que está por iniciar, para relajarse y salir de la rutina laboral.

¿Cuál será el primer día de descanso obligatorio del 2025?

De acuerdo con el artículo 74 de la Ley General del Trabajo (LFT), este 2025 el primer día de asueto obligatorio para miles de trabajadores en el país el próximo año, será el 1 de enero.

Con motivo de las festividades de Año Nuevo, el 1 de enero se otorgará como día de descanso, ya que muchas personas viajan para la celebración y necesitan hacer una pausa en sus labores para estar con la familia.

¿Qué pasa si los trabajadores laboran un día feriado?

De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, tanto los empleadores como las personas trabajadoras, deberán determinar el número de empleados que deban prestar sus servicios el día feriado.

No obstante, las personas trabajadoras que deban presentarse a laborar de manera habitual tendrán derecho a recibir independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple.

Cabe destacar que si dicho día de descanso obligatorio cae en domingo, el empleador deberá cubrirle a su trabajador, el pago de la prima dominical señalado en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo.

De esta forma, las personas trabajadoras recibirán el triple del salario, por laborar en día de descanso obligatorio, más la prima dominical.