Agencia Excélsior. Enero 10, 2024.
Nuevo León dio un paso más para garantizar los derechos de las mujeres trabajadoras al aprobar la licencia laboral menstrual; aquí te explicamos todo lo que debes saber para poder solicitarla.
Las reformas a la Ley del Servicio Civil, en las fracciones XIX y XX del artículo 36, señalan que las mujeres que presenten problemas de salud en su periodo de menstruación podrán solicitar incapacidad laboral y ausentarse.
Las mujeres a las que se les diagnostique endometriosis severa o dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante, podrán solicitar la licencia laboral menstrual y ausentarse hasta dos días; sin embargo, tendrán que realizar trabajo a distancia.
En caso de no sea posible realizar el trabajo a distancia, las mujeres podrán dejar de laborar hasta por dos días, siempre y cuando lo justifiquen con una prescripción médica.
Los médicos de la institución de seguridad social del gobierno del Estado o del Municipio, en su caso, deberán expedir el certificado de salud correspondiente para que las mujeres obtengan la licencia laboral menstrual.
“Cuando se presente autorización de médicos particulares deberá contener el nombre y número de cédula profesional de quien la expida, así como la fecha y el estado de salud de la persona trabajadora”, apunta el decreto.
En el decreto del gobierno de Nuevo León se establece que los días utilizados serán con goce de sueldo y no deberán afectar las prestaciones laborales establecidas en la Ley de Servicio Civil y en la Ley Federal del Trabajo.
Es así como el gobierno de Nuevo León dio el primer paso para garantizar los derechos laborales de las mujeres menstruantes, mientras que en otros estados y en la propia Ciudad de México aún no avanzan las iniciativas.
En la CDMX, el Congreso local aprobó en febrero de 2023 dos iniciativas para reformar la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; sin embargo, aún no entran en vigor.