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Dan suspensión definitiva a Carlos Ahumada; 'no puede ser detenido', abogado

Dan suspensión definitiva a Carlos Ahumada; ‘no puede ser detenido’, abogado

  • Un juez en la CDMX le otorgó la suspensión definitiva a amparo que promovió el empresario Carlos Ahumada.

Agencia Excélsior. Agosto 01, 2024,

El Juez Decimocuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, le otorgó la suspensión definitiva a amparo que promovió el empresario Carlos Agustín “N”, a quien las autoridades buscan reaprehender para que termine de purgar una sentencia que le fue impuesta por un fraude.

Enrique Ostos, abogado del hombre de negocios, señaló que, tras el fallo del impartidor de justicia, su cliente no puede ser privado de su libertad, “la vigencia es hasta que se resuelva el fondo del amparo y acuse ejecutoria”.

“Se concede la suspensión definitiva solicitada por Carlos Agustín Ahumada Kurtz, respecto a los actos consistentes en la orden de reaprehensión y su ejecución; y el auto de treinta y uno de octubre de dos mil diecinueve, dictado en la carpeta de ejecución EJEC- NTE/1621/2028, en el que el juez de ejecución ordenó reanudar la orden de reaprehensión girada en contra del quejoso”, señala el amparo 578/2024.

Sin embargo, el impartidor de justicia Erik Zabalgoitia especificó en el documento que, el Carlos Agustín “N” deberá ponerse a disposición del juez para que siga su procedimiento del que deriva la orden de reaprehensión combatida, cuantas veces sea requerido y dar continuidad al proceso penal del cual deriva la orden de aprehensión reclamada.

Por ello, el empresario tendrá que presentarse a la próxima audiencia que está programada para el próximo 21 de agosto en los juzgados del Reclusorio Norte.

Asimismo, el juez de amparo le impuso el pago de una garantía económica de un millón de pesos en un plazo de cinco días, a partir de la notificación, cantidad que equivale al 5% de los 20 millones de pesos que se le piden de reparación del daño por el delito de fraude genérico en agravio del Gobierno capitalino.

“Una vez transcurrido el término de cinco días concedido para exhibir la garantía económica, infórmese a las autoridades si cumplió con este requisito”.

“En el entendido de que de no haberlo verificado, dejará de surtir efectos la suspensión concedida y quedarán expeditas las facultades de éstas para ejecutar la orden reclamada, respecto de lo cual, en su oportunidad y en su caso, se les hará de su conocimiento”, se lee en la demanda de garantías.

El 16 de julio pasado, Carlos Agustín “N”, llegó a la Ciudad de México procedente de Argentina de donde fue extraditado tras ser detenido a principios de junio del año en curso.

A su arribo al hangar de la Fiscalía General de la República (FGR), elementos de la Fiscalía capitalina le notificaron una invitación para que se presentara ante el Juez de Ejecución para que termine de purgar la sentencia de 1 año 10 meses y 23 días que le falta.

El empresario acudió, pero no fue reaprehendido pese a la solicitud del Ministerio Público, porque el empresario, contaba con la suspensión condicional de dicho amparo.