Agencia Animal Político. Febrero 17, 2025.
Guárdate tus nuggets de pollo, tus sándwiches y las gomitas. La Profeco ya salió a desmentir una lista de alimentos que supuestamente puedes meter a los cines, así que mejor toma nota, antes de llevarte la pizza completa.
Sabemos que el tema de los alimentos en el cine da mucho de qué hablar, pues son precios demasiado elevados. Y aunque quisiéramos que no nos la hicieran de tos por ingresar con nuestras propios alimentos, la realidad es otra.
En un comunicado lanzado el 16 de febrero, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) informa que “es falsa la información que está circulando en redes sociales y en algunos medios de información sobre una supuesta lista de alimentos que se pueden ingresar a los cines”.
Y es que en días recientes, se hizo viral una supuesta lista emitida por la Profeco donde ponía alimentos que podrías ingresar al cine sin tener ningún problema con las cadenas.
En la lista hay cosas sencillas como galletas, gomitas o fruta picada, pero también aparecen alimentos más elaborados como pizza, hamburguesas o hot dogs.
“La institución en ningún momento publicó o difundió, a través de sus canales de comunicación oficiales, una supuesta lista de alimentos permitidos para ingresar a estos sitios”, menciona el comunicado oficial.+
En el mismo comunicado, la Profeco dice que las personas pueden decidir libremente si compran o no alimentos en el establecimiento al que acuden.
El titular de la Procuraduría, Iván Escalante Ruíz, explicó también en días recientes que, al momento de comprar un boleto para ingresar a ver una película, las personas consumidoras se adhieren a un contrato en donde se establecen los términos y condiciones de cada establecimiento.
“Si en el contrato de adhesión o en las condiciones está que no puedes ingresar con alimentos, tienes que cumplir con ese contrato, si no, finalmente, no vayas a ese cine, ve algún otro que no tenga esta limitación”, aclara Iván Escalante.
En cuanto a si el proveedor puede obligar a las personas consumidoras a comprar alimentos o bebidas únicamente en sus instalaciones, la Ley Federal de Protección al Consumidor, en su artículo 58, menciona que “el proveedor de bienes, productos o servicios no podrá negarlos o condicionarlos al consumidor por razones de género, nacionalidad, étnicas, preferencia sexual, religiosas o cualquiera otra particularidad”.
¿En el cine te están obligando a abrir tu mochila para ver que no traigas comida? Pues resulta que eso es ilegal.
“Pedirle que enseñe el contenido de la mochila o del bulto o el paquete pactado a voluntad, está bien, sí se puede hacer. Pero de ningún motivo obligar al consumidor a hacerlo”, declaró en días recientes el Procurador.
Si te lo piden y tú sigues las indicaciones por buena onda, todo chido. Pero las cadenas no pueden obligarte a hacerlo si no quieres.