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Sheinbaum firma la ‘Reforma de igualdad sustantiva’; se modificarán siete artículos a favor de las mujeres

Sheinbaum firma la ‘Reforma de igualdad sustantiva’; se modificarán siete artículos a favor de las mujeres

  • Citlalli Hernández, secretaria de las Mujeres del Gobierno federal, mostró y explicó las reformas impulsadas por la presidenta, mismas que ya fueron aprobadas por la Cámara de Diputados y Senadores.

Agencia Infobae. Noviembre 15, 2024.

Este viernes, en la conferencia mañanera de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, estuvo presente la secretaria de las Mujeres, Citlalli Hernández, quien explicó las reformas impulsadas por la mandataria referentes a la igualdad sustantiva.

Hernández recordó que el pasado 3 de octubre, en la mañanera, Sheinbaum presentó una serie de reformas a la Constitución, así como leyes secundarias, en materia de igualdad sustantiva y combate a la violencia contra las mujeres, mismas que fueron aprobadas el pasado 24 de octubre por unanimidad con 124 votos en la Cámara de Senadores. Posteriormente, el 5 de noviembre, fue aprobada por unanimidad con 468 votos en la Cámara de Diputados.

La reforma ha sido aprobada, hasta el momento, por 26 congresos locales. Este viernes se firmó el decreto por Sheinbaum para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y entrada en vigor.

¿Qué se reformó?

Fueron siete las modificaciones realizadas, que consisten en igualdad sustantiva. Fueron los artículos 4; 21; 41; 73; 116; 122 y 123.

  • Artículo 4: Igualdad en el acceso a los derechos y oportunidades para todas las mujeres (Igualdad sustantiva).
  • Artículo 21 y 73: Derecho a vivir una vida libre de violencias con deberes reforzados de protección con las mujeres, adolescentes, niñas y niños.
  • Artículo 116 y 122: Perspectiva de género en la tarea de seguridad pública y el actuar de personas juzgadoras.
  • Artículo 21 y 71: Alcance de las autoridades federales para conocer de las medidas de protección de las mujeres y observar delitos del fuero común relacionados con las violencias hacia las mujeres.
  • Artículo 116 y 122: Obligatoriedad de las entidades federativas especializadas en delitos relacionados con las violencias hacia las mujeres.
  • Artículo 41: Paridad en la integración de la Administración Pública Federal, local y municipal.
  • Artículo 123: Erradicación de la brecha salarial de género.

Hernández concluyó señalando que dicha reforma constitucional es histórica, pues los derechos de las mujeres se encuentran consagrados y establecidos en la norma jurídica suprema del Estado Mexicano, lo que coloca a nuestro país como líder regional y global en la materia.

“El compromiso del Gobierno de México para la igualdad en el acceso a los derechos para las mujeres es una realidad” se señaló.